lunes, 17 de septiembre de 2012

La amnistía fiscal atrae a mucho defraudador pero recauda poco por las cantidades prescritas.

Las fuentes consultadas explican que, inicialmente, la orden ministerial que desarrollaba la regularización no dejaba claro si el 10% debía aplicarse a todo el patrimonio que se iba a regularizar o el generado después de 2007 (ultimo ejercicio prescrito).

De hecho, los grandes despachos aconsejaban a sus clientes pagar el 10% del total para no tener problemas, o acudir a regularizaciones tradicionales mediante declaraciones complementarias; en muchos casos, declarar los rendimientos no prescritos suponía una tributación inferior a ese 10% del patrimonio total.

Sea como fuere, había calado desde el principio la necesidad de regularizar por el endurecimiento de las sanciones para el dinero negro y la mayor persecución internacional.

Pero en julio la Dirección General de Tributos emitió un informe vinculante que dinamitó todo el proceso. Además de aclarar distintos aspectos técnicos, establecía que la amnistía fiscal era compatible con la prescripción tradicional, lo que significa que no hace falta tributar por el patrimonio generado en ejercicios prescritos.

Todo lo que se pueda demostrar que se poseía antes de 2007 puede acogerse a la amnistía sin pagar un euro. Y no es difícil demostrarlo: según un experto fiscalista, la mayoría de ese dinero está en cuentas corrientes y se puede demostrar en qué año se ingresó.

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