jueves, 11 de octubre de 2012

La nueva ley contra el fraude fiscal erosiona derechos básicos del contribuyente.

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) considera que la nueva ley contra el fraude aprobada por el Gobierno puede suponer una pérdida de los derechos y garantías del ciudadano, ya que contiene medidas que suponen un "fuerte endurecimiento" de las sanciones en situaciones que no tienen por qué venir determinadas por la existencia de un fraude a la Hacienda Pública.

Según el presidente de Aedaf, Antonio Durán-Sindreu, la lucha contra el fraude fiscal debe ser una prioridad para la administración tributaria, pero no puede utilizarse como "excusa para menoscabar los derechos y las garantías de los ciudadanos".

Además, Aedaf indica que las modificaciones que esta ley incluye en la Ley General Tributaria, tanto en materia de sanciones como de responsables, incumplen los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica, introduciendo "grandes dosis de arbitrariedad".

En este sentido, advierten de que, por ejemplo, con la literalidad de la norma, si un contribuyente es llamado para presentar un documento en un procedimiento de comprobación y por desconocimiento o por brevedad del plazo comparece sin él, puede ser sancionado, a discreción del funcionario, con una multa mínima de 1.000 euros, superior al salario mínimo interprofesional.
En opinión de Durán-Sindreu, el calado de las medidas que se incluyen en esta ley requiere una reflexión profunda de los representantes de la soberanía popular en el poder legislativo para determinar hasta dónde se pueden erosionar los derechos y las garantías de los ciudadanos en aras de la lucha contra el fraude.

Entre los ejemplos que Aedaf considera "abusivos", destaca que se tipifica como infracción presentar una declaración en papel cuando sea obligatoria su presentación por vía telemática y la sanción asciende a 1.500 euros, así como la multa de 1.000 euros para particulares o 3.000 para empresarios por no atender al primer requerimiento de la administración o por no aportar la información requerida en el plazo concedido.
 
También consideran desproporcionado, respecto a la nueva declaración de bienes en el extranjero, que la sanción por presentarla fuera de plazo ascienda a 1.500 euros, y si se omite algún bien, tenga el valor que tenga, la sanción sea de 5.000 euros por cada dato omitido, con un mínimo de 10.000 euros.

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sábado, 6 de octubre de 2012

Anticípese ya a las subidas de 2013 en Impuestos y Fiscalidad. Source: www.finanzas.com

Llega una nueva traba a la hora de invertir: los impuestos que tenga que pagar. A partir del próximo año, cualquier decisión que tome sobre su cartera de activos vuelve a tener como protagonista a la fiscalidad. Es decir, lo mismo que ocurría hasta 2007.
No es que los tributos no hayan sido relevantes en el último lustro. Pero ahora, cada decisión dependerá aún más del impacto que tengan algunos impuestos en la configuración de su cartera. No va a suponer lo mismo invertir en acciones que en fondos; ni hacerlo con vista a largo o corto plazo.

Los expertos aconsejan materializar la venta de activos bursátiles este año y apostar por los fondos y la renta fija a partir del próximo; en Patrimonio, acójase a las exenciones de empresas familiares.

El proyecto de ley de medidas tributarias que acompañará a los Presupuestos de 2013 obliga al inversor a reflexionar sobre la toma de decisiones estratégicas en este momento, cuando restan tres meses hasta finales de año.

Vender ahora para compensar después.
El tratamiento de las plusvalías generadas en menos de 12 meses es el cambio más importante que pretende aprobar el Ejecutivo. Porque si se genera una ganancia patrimonial en menos de un año, esa renta tributará al tipo marginal del contribuyente (entre el 24 y el 56 por ciento, según sus ingresos y la Comunidad en la que resida). Las ganancias se integrarán en la base general, y no en la del ahorro, donde actualmente se gravan al 21, 24 ó 27 por ciento, dependiendo de la cuantía.

Este cambio «podría beneficiar a quien obtenga bases imponibles bajas», explica María Ángeles García, abogada de Arag. Porque «si la ganancia no es muy cuantiosa, saldrá beneficiado si el tipo que le corresponde es menor que los que están en vigor actualmente», indica. Sin embargo, en la práctica, quienes obtienen ganancias bursátiles es porque sus ingresos anuales suelen ser altos.
Los activos que se encuentran perjudicados son los valores de renta variable (acciones, derivados) y viviendas. También los de instituciones de inversión colectiva (fondos), aunque su transmisión sin coste fiscal aconseja aprovechar este beneficio a largo plazo.

Si durante este año ha adquirido alguno de esos bienes y tuvieran plusvalías latentes, «la mejor opción pasa por anticipar su venta», explica José Manuel Ortiz, consejero de Cuatrecasas Gonçalves-Pereira. En el caso de que esos activos tengan plusvalías latentes, «al anticipar la materialización de las ganancias, podrá tributar, como máximo, al 27 por ciento, y no hasta el 56», indica Ortiz.

El dilema de las minusvalías
Pero a la vista de cómo han evolucionado los mercados en los últimos meses, lo más probable es que los inversores se encuentren con pérdidas. En este caso, ¿cómo debe actuar antes de fin de año? Al tomar una decisión, hay que tener en cuenta cómo se regulará la compensación de pérdidas a corto plazo.
En primer lugar, el proyecto de ley de Hacienda obligará a compensar esas minusvalías a corto con ganancias a corto de activos similares. Si el resultado de esa integración fuera negativo, se podrá compensar con el resto de rentas de la base imponible general (rentas del trabajo, otros ingresos, etc.). Y si aun así, el saldo se mantuviera en negativo, la compensación se podrá aplazar hasta conseguir rentas positivas superiores en los cuatro años siguientes.

Con este cambio encima de la mesa, quienes tengan pérdidas latentes dentro de este año y puedan compensarlas con otras ganancias generadas en la base del ahorro «deberían anticipar la materialización de la venta antes de 2013», explica José Manuel Ortiz. Así aprovecharán los gravámenes actuales. Pero si no tiene ganancias con las que compensar esas pérdidas, «quizá sería más conveniente esperar a la nueva legislación y diferir la venta a 2013», indica. De este modo, las minusvalías a corto plazo generadas en 2013 previsiblemente las podrá integrar con las ganancias de corto plazo y los rendimientos de la base general que se obtengan en los próximos cuatro años.
 
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martes, 25 de septiembre de 2012

El dinero negro en efectivo esquiva el pago del IVA y se apunta en masa a la amnistía fiscal.

La amnistía fiscal permite regularizar el dinero que no ha pagado IRPF (o Sociedades) a cambio de pagar el 10% del patrimonio no prescrito. Pero no exime del pago del IVA que tendría que haberse ingresado en su día. "La gente que tiene dinero B normalmente es por actividades económicas sujetas a IVA. Si reconoces que tienes dinero en metálico escondido, la pregunta es de dónde procede y cuánto tenía que haber ingresado por este impuesto", explica un expertos fiscalista.

Y ahí está el problema: si hay que pagar el IVA, ya no sale tan a cuenta regularizar, porque supondría un pago del 28% (el 10% del tributo extraordinario más el 18% de IVA) más intereses de mora y recargo por el IVA no ingresado. Por tanto, para estos defraudadores es vital eludir el pago de este impuesto; en caso contrario, preferirían mantenerse en negro y arriesgarse a que les pille Hacienda, ya que hasta ahora no les ha pillado.

Pero ahí es donde entran las facilidades de Hacienda. Es la propia Agencia Tributaria quien tiene que demostrar el origen del dinero, es decir, tiene que probar que ha habido ventas sujetas a IVA. "Una de las grandes sorpresas es que, en muchos casos, te puedes defender bastante fácilmente, porque es la Hacienda pública la que tiene la carga de la prueba", según una de las fuentes consultadas. Otra añade que "es razonable suponer que no todo el dinero procede de años no prescritos, y es razonable argumentar que el grueso del mismo es anterior a 2008, porque depués muchos sectores se han parado y las ventas se han desplomado".

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sábado, 22 de septiembre de 2012

Se puede deducir el IVA de un empresario excluido del censo.

Las autoridades fiscales de un país de la Unión Europea no pueden denegar a un contribuyente su derecho a deducir el IVA devengado o pagado por los servicios que se le han prestado, invocando como único motivo que el emisor de la factura ha sido excluido del censo de empresarios individuales antes de que prestara los servicios de que se trata o emitiera la factura correspondiente.


Este es el criterio mantenido por una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 6 de septiembre de 2012, en su interpretación de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, relativa al Sistema Común del IVA, y el principio de neutralidad fiscal. Eso sí, siempre y cuando, dice el fallo, la factura "contenga todas las informaciones exigidas por el artículo 226 de la Directiva, y, en particular, las necesarias para la identificación de la persona que emitió dicha factura y la naturaleza de los servicios prestados".

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lunes, 17 de septiembre de 2012

La amnistía fiscal atrae a mucho defraudador pero recauda poco por las cantidades prescritas.

Las fuentes consultadas explican que, inicialmente, la orden ministerial que desarrollaba la regularización no dejaba claro si el 10% debía aplicarse a todo el patrimonio que se iba a regularizar o el generado después de 2007 (ultimo ejercicio prescrito).

De hecho, los grandes despachos aconsejaban a sus clientes pagar el 10% del total para no tener problemas, o acudir a regularizaciones tradicionales mediante declaraciones complementarias; en muchos casos, declarar los rendimientos no prescritos suponía una tributación inferior a ese 10% del patrimonio total.

Sea como fuere, había calado desde el principio la necesidad de regularizar por el endurecimiento de las sanciones para el dinero negro y la mayor persecución internacional.

Pero en julio la Dirección General de Tributos emitió un informe vinculante que dinamitó todo el proceso. Además de aclarar distintos aspectos técnicos, establecía que la amnistía fiscal era compatible con la prescripción tradicional, lo que significa que no hace falta tributar por el patrimonio generado en ejercicios prescritos.

Todo lo que se pueda demostrar que se poseía antes de 2007 puede acogerse a la amnistía sin pagar un euro. Y no es difícil demostrarlo: según un experto fiscalista, la mayoría de ese dinero está en cuentas corrientes y se puede demostrar en qué año se ingresó.

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domingo, 16 de septiembre de 2012

Cómo aminorar la carga fiscal por plusvalías en apenas cien días.

Empieza el tiempo de descuento. Todo apunta a que será en enero cuando el Gobierno incluya una subida fiscal para las plusvalías, donde se elevará el gravamen a las ganancias patrimoniales generadas durante el primer año hasta el tipo marginal en función de la renta del contribuyente.

Este cambio deja al particular que invierte en acciones -y en otros productos como fondos de inversión, ETF, CFD, Warrants o bonus- un horizonte temporal de poco más de cien días si quiere vender y rebajar su factura fiscal. De lo contrario, el inversor tendría que retrasar la recogida de ganancias hasta que tengan más de un año de antigüedad para que la factura se reduzca.

El Ministerio de Hacienda está dificultando los movimientos del minorista en la cancha de la inversión. Aunque el aumento de la carga fiscal supuestamente persigue ir sobre todo contra las operaciones intradía, también afecta al particular que quiera recoger beneficios en menos de un año.

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Los impuestos que pagan (o esquivan) los hombres más ricos del mundo | Economía | elmundo.es

Francia subirá temporalmente hasta el 75% el impuesto de la renta para las grandes fortunas, como la de Zlatan Ibrahimović.

En España se tributarán las plusvalías de las operaciones en Bolsa según el IRPF el primer año.

Y en Mozambique el jefe del barrio cobra algo menos de medio euro sin distinguir la fortuna de cada hogar.

Conozca cómo pagan sus impuestos los más ricos en muchos rincones del mundo. En México, por ejemplo, los bajos impuestos ayudaron a Carlos Slim a ser el hombre más rico del mundo.

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jueves, 13 de septiembre de 2012

El Gobierno también gravará fiscalmente la especulación inmobiliaria | Vivienda | elmundo.es

El cambio fiscal que realizará el Gobierno a las plusvalías sobre operaciones a corto plazo -durante el mismo año- no afectará solo a operaciones financieras, sino que también se aplicará a plusvalías que provengan de otro origen, como las generadas por venta de inmuebles, viviendas o locales.

Así lo ha precisado el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, en una rueda de prensa para presentar la ejecución presupuestaria de las comunidades autónomas en el primer semestre del año. De esta manera se equiparan los tipos que gravan las rentas de capital a los del IRPF en todas las plusvalías obtenidas en menos de un año por la venta de casas, terrenos y otros productos inmobiliarios.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció el martes que los rendimientos generados por una inversión durante el primer año tributarán al gravamen progresivo establecido para las rentas de trabajo.

"Aún lo estamos estudiando, pero afectaría a plusvalías de otro origen", ha dicho Montoro, quien ha explicado que el objetivo es fomentar la actividad y el ahorro, pero en operaciones a medio y largo plazo.

Los rendimientos del capital pagan el 21% hasta 6.000 euros, el 25% hasta 24.000 euros y el 27% a partir de 24.000 euros. Y los tipos del IRPF van del 24,75% al 52%.

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El golpe a la fiscalidad de las plusvalías es confiscatorio y no tendrá efectividad.

Los expertos consideran que la subida perjudicará al minorista y restará negociación en la bolsa. Los sucesivos cambios en la tributación también dificultan la inversión y el ahorro a largo plazo.


"Es un cachondeo, no se puede estar cambiando la fiscalidad cada dos por tres", así de contundente se mostró a elEconomista un director de análisis de uno de los grandes bancos de inversión españoles que prefiere no ser citado.

El mensaje que transmite el experto ante el próximo cambio anunciado en la fiscalidad para las plusvalías financieras es compartido por muchos profesionales que se dedican a gestionar patrimonios en España.

A falta de que el Gobierno profundice en los detalles, la primera percepción en este sector es que se trata de una medida puramente tributaria, que no tendrá un efecto positivo en el mercado.

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miércoles, 12 de septiembre de 2012

Hacienda investiga las cajas fuertes de los bancos y el gasto de luz de los pisos no declarados.

La Agencia Tributaria recaudó 6.415 millones de euros hasta julio de la lucha contra el fraude, un 15,3% más que lo ingresado en el mismo periodo de 2011. De esta cifra, 4.933 millones, tres de cada cuatro euros, corresponden a las actuaciones de control, un 33,7% más.

Si se excluyen las declaraciones extemporáneas y los expedientes por delitos fiscales, Hacienda recaudó 5.838 millones, un 25% más que el año pasado.

En los Presupuestos Generales del Estado de 2012 se preveía que la Agencia Tributaria ingresara en el año 8.171 millones de euros procedentes de las actuaciones de control. Un 27,5% de lo recaudado hasta julio tuvo su origen de grandes contribuyentes (empresas).

La directora de la Agencia Tributaria, Beatriz Viana, destacó que la Agencia Tributaria ha ampliado sus investigaciones en distintos campos. Así, Hacienda requirió información sobre cajas de seguridad de clientes de hasta 51 entidades financieras.

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martes, 11 de septiembre de 2012

Montoro perdonará el delito fiscal a quienes regularicen con Hacienda.

Quienes se acojan a la amnistía fiscal antes del 30 de noviembre de este año quedarán exculpados del delito fiscal si la cifra defraudada supera los 120.000 euros.


Así consta en el Proyecto de Ley remitido por el Gobierno al Congreso de los Diputados, con lo que se concreta una de las grandes incertidumbres legales que asustaban a los contribuyentes infieles para decidir dar el paso y acogerse al procedimiento de amnistía, lo que ha supuesto que a finales del pasado mes de julio solo se hubiesen recaudado 50 millones de euros, es decir, el 2 por ciento de la previsión total de Hacienda.

Para ello, se modifica el artículo 305 del Código Penal que define la comisión del delito fiscal, salvo en los casos en que se "hubiere regularizado su situación tributaria" antes de que Hacienda le notifique el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización, o antes de que la Fiscalía o los representantes procesales de las comunidades autónomas o los ayuntamientos interpongan una querella o denuncia contra él.

También quedan exculpados del delito fiscal quienes regularicen deudas tributarias, una vez prescrito el derecho de la Administración a determinarlas en la vía administrativa.

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Nueva subida de impuestos: Rajoy detalla que las plusvalías financieras en el primer año tributarán al tipo del IRPF.

Las plusvalías generadas en el primer año tributarán al tipo marginal de IRPF que pague cada contribuyente, aunque las posteriores seguirán gravadas por las rentas de capital en función de una escala que va del 21% al 27% teniendo en cuenta el nivel de renta. Montoro ya anunció en julio que el Gobierno endurecería la fiscalidad de las plusvalías financieras.

Así lo ha anunciado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en la rueda de prensa posterior a la reunión que ha mantenido con el primer ministro finlandés, Jyrki Katainen, donde ha explicado que la idea es dar marcha atrás a la legislación de 2006.

Actualmente, a raíz de esa legislación, las plusvalías generadas el primer año se gravaban a un mismo tipo determinado por la renta, aunque ahora se le aplicará el tipo marginal del IRPF, siempre más elevado, para evitar los movimientos especulativos en el corto plazo.

Los tipos marginales del IRPF van del 24% al 45%, aunque tras los gravámenes adicionales transitorios incluidos por el Gobierno van del 24,75% al 52%.

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viernes, 7 de septiembre de 2012

Así 'maltrata' Hacienda a los autónomos españoles.

Comparativa de cotizaciones sociales:
España: pese a que en el resto de países la cotización es un porcentaje de los ingresos reales, los autónomos españoles cotizan sobre una base mínima. Durante el año 2012 la base elegida se sitúa entre un mínimo de cotización de 850,20 euros mensuales y una base máxima de cotización de 3.262,50 euros mensuales. Durante este año el tipo de cotización asciende al 29,8% (en definitiva, un mínimo de 254,21 euros al mes).
Francia: el tipo es de un 12% en las actividades comerciales, un 21,3% para los servicios y el 18,3% para los profesionales liberales.
Alemania: en Alemania no hay cotizaciones sociales como tal, el seguro médico se paga aparte. La diferencia fundamental entre los autónomos españoles y los alemanes radica en el pago del IVA y del IRPF. En España, el IVA se paga trimestralmente mientras que en Alemania se hace de forma mensual. Además, cualquier profesional que gane anualmente menos de 17.500 euros netos (Kleinunternehmen) queda exento de pagar Umsatzseuer (IVA). Por otro lado, el IRPF se paga anualmente por el emisor de la factura directamente en la declaración de la renta.
Reino Unido: la tasa mínima para poder trabajar por cuenta propia es de 12 libras. A partir de las 5.715 libras se paga el 8% de los ingresos anuales.
Italia: se paga el 20% de los ingresos anuales.
Holanda: pagan una tasa anual de 50 euros para poder trabajar por su cuenta más 100 euros/mes.
EEUU: los trabajadores que ingresen hasta 110.100 dólares al año pagarán un 13,3%. Por encima de esos ingresos tributarán con un 2,9% adicional.
Finlandia: el 21,59% de los ingresos anuales.
Portugal: el 25,4% de los ingresos anuales.
Canadá: tributan al 9,9% de las ganancias anuales.
Japón: no hay.

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jueves, 6 de septiembre de 2012

Hacienda sólo recauda 50 millones en cuatro meses con la amnistía fiscal.

El recurso ante el Constitucional y la exclusión del IVA retrasan las decisiones.

Tan sólo 50 millones de euros ha recaudado la Agencia Tributaria de los contribuyentes acogidos a la amnistía fiscal desde abril hasta finales de julio, según consta en el Informe Mensual de Recaudación Tributaria del Estado de este último mes, lo que supone un 2 por ciento sobre los 2.500 millones que prevé recaudar el Gobierno. Niño Becerra: "La amnistía fiscal ha sido un fracaso, tan sólo han regresado cuatro duros".

Para Jesús Sanmartín, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), "el problema es que los contribuyentes están nerviosos con el recurso presentado por el PSOE ante el Tribunal Constitucional, ya que si finalmente se declarase inconstitucional, quedarían en una situación muy precaria ante Hacienda".

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martes, 4 de septiembre de 2012

El 40% de los asalariados paga ya más impuestos que sus ‘jefes’.

Los datos están aquí y no dejan lugar a dudas sobre el reparto de la carga fiscal.

Según la última Memoria Tributaria, el 40% de los asalariados paga ya más impuestos que sus jefes. En concreto, su tipo efectivo -el que realmente aplica Hacienda- se sitúa por encima del 17,7%, que es el que pagan realmente, como media, las empresas después de aplicarse todo tipo de deducciones.

El caso extremo es de los declarantes del IRPF con ingresos anuales superiores a los 90.000 euros, que contribuyen, como mínimo, con diez puntos más de impuestos que las empresas, lo que sin duda explica que cada vez haya más personas ‘jurídicas’ y menos ‘físicas’.

Como se sabe, el financiero Warren Buffet se quejó hace algún tiempo en una frase lapidaria que dio la vuelta al mundo que él -la segunda fortuna del mundo -pagaba la mitad de impuestos que sus empleados, apenas el 17,4%.

Los datos aparecen en la última Memoria Tributaria, correspondiente al ejercicio 2010, y ponen de relieve que mientras el tipo efectivo en el IRPF se sitúa en el 15,1%, en el caso del Impuesto de Sociedades alcanza el 17,7%. Sin embargo, mientras que el tipo impositivo máximo en el Impuesto sobre la Renta se sitúa por encima del 25% (llegando al 30,1% en rentas superiores a 240.000 euros e inferiores a 600.000) en los tramos superiores a 72.000 euros, la presión fiscal de las empresas no sobrepasa, en ningún caso, el 21%.

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sábado, 1 de septiembre de 2012

Guía del IVA: de las compras a plazos a la factura de la luz y las 'chapuzas' en casa.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) sube este 1 de septiembre en casi todas las gamas de productos y servicios.

Además de encarecer las compras hechas a partir de ahora, el incremento también afecta a pedidos y facturas de servicios utilizados en meses anteriores.

 ¿Qué pasa con las compras a plazos? ¿Pueden subirme el IVA en un presupuesto de obra pedido en agosto? ¿Perderé dinero al devolver una compra de verano?

Guía del IVA: de las compras a plazos a la factura de la luz y las 'chapuzas' en casa | Economía | elmundo.es

viernes, 31 de agosto de 2012

Deducción por reinversión: el Supremo renueva doctrina.

La aplicación de la deducción por reinversión que contempla la Ley del Impuesto sobre Sociedades ha sido objeto de estudio y de interpretación restrictiva en varias recientes sentencias del Tribunal Supremo, en las que el Alto Tribunal se pronuncia sobre una cuestión clave: los casos de reinversión de beneficios extraordinarios por aportaciones de inmuebles a sociedades participadas íntegramente por la transmitente de los títulos.

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